lunes, 31 de diciembre de 2018

viernes, 28 de diciembre de 2018

EN CANARIAS :EL PERSONAL CON ANTERIORIDAD A ENERO DEL 2005 , PERMANECERÁ EN LA ADMINISTRACIÓN, EN SITUACIÓN ACTIVA A EXTINGUIR, HASTA SU JUBILACIÓN_BOC


BOC:Pincha en este enlace para ver el BOC

"El personal no fijo de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que viniera
prestando servicios de manera ininterrumpida con anterioridad a enero de 2005 permanecerá en la  Administración en una situación activa “a extinguir” hasta su jubilación o por cualquier otra causa legal.
Justificación: Mejora técnica sobre la propuesta abordada en el proyecto, que implica también la reordenación  de los apartados al incorporarse dos nuevas modificaciones, en este caso los artículos 29 y 37. Además, se establece  una medida excepcional para aportar una solución a la precariedad de larga duración del personal no fijo de la  Comunidad Autónoma de Canarias."

jueves, 20 de diciembre de 2018

Se ha sacado adelante, en el Congreso, la reforma de el ART.484.Enhorabuena a los temporales de Justicia!

      Se ha sacado adelante ,en el Congreso ,la reforma el ART. 484. Lopj. que  nos tenía cautivos y discriminados con respecto a los demás interinos.

     Ya los interinos de justicia, nos podemos sumar en igualdad a cualquier iniciativa o acción.

     Ha supuesto mucho esfuerzo y muchas reuniones en el Congreso con los portavoces de Justicia ,  Ministerio y sede de Ferraz del PSOE.  Todos los grupos apoyaron nuestra enmienda.

     Es un día histórico, pues lo que nos negaban los sindicatos ,lo hemos logrado desde la Asociación de Interinos.


Gracias compañeros, que habéis logrado, está acción histórica, para los interinos de Justicia.

ENHORABUENA!!!

👏👏👏👏👏👏👏

Los funcionarios interinos mayores de 50 años serán fijos sin oposiciones


lunes, 17 de diciembre de 2018

jueves, 13 de diciembre de 2018

El Congreso aprueba el proyecto de ley que revertirá los recortes educativos


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La nueva ley debe contemplar una memoria económica y la reversión de los recortes

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¿Temporalidad o fraude de ley en la administración ?

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El Congreso vota las medidas del Gobierno para revertir los recortes de la LOMCE

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Resumen de prejudicial pendientes del TJUE, Comisión Europea y Parlamento Europeo:

Resumen de prejudicial pendientes del TJUE, Comisión Europea y Parlamento Europeo:
--------------------
1. Odontólogos del SERMAS. Prejudicial TJUE. Página 20:
Tercera ¿Es conforme la interpretación del artículo 2, párrafo primero de la Directiva 1999/70 y de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 14 de septiembre de 2016 asunto C-16/15, al en su aplicación entender que, no es medida sancionadora adecuada para sancionar el abuso en la temporalidad sucesiva, la CONVOCATORIA DE UN PROCESO SELECTIVO DE LIBRE CONCURRENCIA, al no existir en la normativa española mecanismo de sanción efectivo y disuasorio que ponga fin al abuso en el nombramiento del personal estatuario temporal, y no permite proveer estos puestos estructurales creados con el  personal que fue objeto de abuso, de modo que la situación de precariedad de estos trabajadores perdura?

https://drive.google.com/file/d/0B0LE4pjp_FUlQndWNm5LY1pyeWFxSW1Sckh0bEt0cHM0cUtj/view


2. Asunto Sanchez Ruiz. Prejudicial al TJUE sobre la posible "fijeza" de un trabajador público en fraude de ley

https://drive.google.com/file/d/0B0LE4pjp_FUlc3lXY2h5c1ZrSmpIVHlUQXNzZW5XY21nUGtv/view

3.. Respuesta provisional de la Comisión Europea a las miles de denuncias que le enviamos por abuso de contratos de duración determinada en el sector público y por el Acuerdazo entre Gobierno y Sindicatos  (citan expresamente que se encuentran a la espera del asunto Sanchez Ruiz - página 4. También hablan de indemnizaciones...):
https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/file_import/information-notice-multiple-complaint-chap-2013-01917_es.pdf

4. Resolución del Parlamento Europeo, de 31 de mayo de 2018, sobre la respuesta a las peticiones sobre la lucha contra la precariedad y el uso abusivo de los contratos de trabajo de duración determinada:
18.  Destaca que la transformación de un contrato de duración determinada en un contrato de duración indefinida debe considerarse como una medida para prevenir y sancionar de manera efectiva el abuso de los contratos de duración determinada en el sector público y en el privado, y debe ser clara y ser incluida sistemáticamente por todos los Estados miembros en sus respectivos marcos normativos en materia de Derecho laboral;

19.  Destaca que la transformación de un contrato de duración determinada en un contrato de duración indefinida para un trabajador que ha sufrido un abuso en relación con contratos de duración determinada, en infracción de la Directiva 1999/70/CE, no exime a un Estado miembro de la obligación de sancionar dicho abuso, incluyendo, además, la posibilidad de que el trabajador afectado obtenga la reparación de los perjuicios sufridos en el pasado;

20.  Hace hincapié en que si un Estado miembro opta por penalizar la discriminación o el abuso contra un trabajador temporal en infracción del Derecho de la Unión mediante la concesión de una indemnización al trabajador afectado, dicha indemnización debe, en todo caso, ser adecuada y eficaz, y compensar plenamente todos los daños sufridos;


http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P8-TA-2018-0242+0+DOC+XML+V0//ES

Resumen de prejudicial pendientes del TJUE, Comisión Europea y Parlamento Europeo:

Resumen de prejudicial pendientes del TJUE, Comisión Europea y Parlamento Europeo:
--------------------
1. Odontólogos del SERMAS. Prejudicial TJUE. Página 20:
Tercera ¿Es conforme la interpretación del artículo 2, párrafo primero de la Directiva 1999/70 y de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 14 de septiembre de 2016 asunto C-16/15, al en su aplicación entender que, no es medida sancionadora adecuada para sancionar el abuso en la temporalidad sucesiva, la CONVOCATORIA DE UN PROCESO SELECTIVO DE LIBRE CONCURRENCIA, al no existir en la normativa española mecanismo de sanción efectivo y disuasorio que ponga fin al abuso en el nombramiento del personal estatuario temporal, y no permite proveer estos puestos estructurales creados con el  personal que fue objeto de abuso, de modo que la situación de precariedad de estos trabajadores perdura?

https://drive.google.com/file/d/0B0LE4pjp_FUlQndWNm5LY1pyeWFxSW1Sckh0bEt0cHM0cUtj/view


2. Asunto Sanchez Ruiz. Prejudicial al TJUE sobre la posible "fijeza" de un trabajador público en fraude de ley

https://drive.google.com/file/d/0B0LE4pjp_FUlc3lXY2h5c1ZrSmpIVHlUQXNzZW5XY21nUGtv/view

3.. Respuesta provisional de la Comisión Europea a las miles de denuncias que le enviamos por abuso de contratos de duración determinada en el sector público y por el Acuerdazo entre Gobierno y Sindicatos  (citan expresamente que se encuentran a la espera del asunto Sanchez Ruiz - página 4. También hablan de indemnizaciones...):
https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/file_import/information-notice-multiple-complaint-chap-2013-01917_es.pdf

4. Resolución del Parlamento Europeo, de 31 de mayo de 2018, sobre la respuesta a las peticiones sobre la lucha contra la precariedad y el uso abusivo de los contratos de trabajo de duración determinada:
18.  Destaca que la transformación de un contrato de duración determinada en un contrato de duración indefinida debe considerarse como una medida para prevenir y sancionar de manera efectiva el abuso de los contratos de duración determinada en el sector público y en el privado, y debe ser clara y ser incluida sistemáticamente por todos los Estados miembros en sus respectivos marcos normativos en materia de Derecho laboral;

19.  Destaca que la transformación de un contrato de duración determinada en un contrato de duración indefinida para un trabajador que ha sufrido un abuso en relación con contratos de duración determinada, en infracción de la Directiva 1999/70/CE, no exime a un Estado miembro de la obligación de sancionar dicho abuso, incluyendo, además, la posibilidad de que el trabajador afectado obtenga la reparación de los perjuicios sufridos en el pasado;

20.  Hace hincapié en que si un Estado miembro opta por penalizar la discriminación o el abuso contra un trabajador temporal en infracción del Derecho de la Unión mediante la concesión de una indemnización al trabajador afectado, dicha indemnización debe, en todo caso, ser adecuada y eficaz, y compensar plenamente todos los daños sufridos;


http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P8-TA-2018-0242+0+DOC+XML+V0//ES

miércoles, 12 de diciembre de 2018

NOTICIAS ARAGÓN:CCCO ARAGÓN; PLANTILLA POR TIPO DE OCUPACIÓN


VIDEO:SOMOS PROFES


Video :PERSONAL INTERINO EN LUCHA PALABRAS DE UNA COMPAÑERS EN LA CONCENTRACIÓN Del SABADO 1 DE DICIEMBRE FRENTE A AL SEDE DEL PARTIDO DE GOBIERNO PSOE .

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NOTICIAS GENERALITAT VALENCIANA:Casi 6.000 interinos de la Generalitat Valenciana cobrarán desde ya el complemento de carrera profesional

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NOTICIAS CASTILLA Y LEÓN:Unos cien funcionarios interinos e indefinidos en León atacan las oposiciones de la Junta que "enmascaran un ERE

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NOTICIAS MURCIA:Protestas Los interinos logran parar las oposiciones al cuerpo de Administración

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